Portanto, y en el caso que nos atañe, la valoración de la renta en especie será de un 20% anual de los 25.000 € de valor de mercado que tiene el coche. Como se ha dispuesto del coche para fines particulares durante 145 días, la imputación de la retribución en especie asciende a: 25.000 € x 20% x (145 días / 365 días) = 1.986,30 €
CONCLUSIÓN. En la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, podremos imputar como gasto: La totalidad del gasto por la adquisición del vehículo, una parte como amortización de un bien o elemento directamente afecto a la actividad y otra parte bien como gasto de personal siempre y cuando se realice la repercusión como
Elcoche de empresa es una retribución en especie que se da cada vez con más frecuencia. Por este motivo, desde EPAE hemos preparado este artículo sobre el coche de empresa como retribución
Enel momento de adquirir un vehículo para la empresa o de uso profesional a través del método que sea, pueden entrarnos dudas sobre si es un gasto deducible o no. En este artículo profundizaremos en las posibilidades de deducción de vehículos en el Impuesto de Sociedades.. Hay otros impuestos, como el IVA o el IRPF que también
Enconsecuencia, la retribución en especie derivada del uso particular de un Toyota Auris Hybrid en régimen de renting ascendería a 2.374,50€ anuales (79,15% de 3.000€). Por lo tanto, frente al coste anual del renting (que asciende a 4.800€), la valoración de la retribución en especie sujeta a retención por IRPF se concreta en 2.374,50€.

retribuciónen especie se cuantifica en el 20% del coste de adquisición del vehículo para la Compañía. (leasing o renting), la retribución en especie se valora en el 20 % del . Travesera de Gracia 73-79, 3º 08006 Barcelona T: +34 93 238 02 41 T: +34 93 415 97 27 2 F: +34 93 238 05 62 2 valor de mercado que correspondería

xzZcq. 21 86 286 171 190 153 244 318 367

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